Decretos ambientales PDF
http://wsp.presidencia.gov.co/Normativa/Decretos/2011/Documents/Noviembre/04/dec421404112011.pdfhttp://www.minambiente.gov.co/documentos/normativa/decreto/dec_0938_290311.pdf
http://www.minambiente.gov.co/documentos/normativa/decreto/dec_0303_060212.pdf
DECRETO 3930 DE 2010
CONTENIDO DECRETOCAPÍTULO I Disposiciones Generales
CAPÍTULO II DefinicionesCAPÍTULO III Del Ordenamiento del Recurso HídricoCAPÍTULO IV Destinación Genérica de las Aguas Superficiales, Subterráneas y MarinasCAPÍTULO V De los Criterios de Calidad para Destinación del RHCAPÍTULO VI De los VertimientosCAPÍTULO VII De la Obtención de los Permisos de Vertimiento y Planes de CumplimientoCAPÍTULO VIII Del Plan de Reconversión a Tecnologías Limpias en Gestión de VertimientosCAPÍTULO IX De la Reglamentación de VertimientosCAPÍTULO X Registro de los Permisos de VertimientosCAPÍTULO XI Disposiciones FinalesConsumo humano y doméstico
Se entiende por uso del agua para consumo humano y doméstico su utilización en actividades tales como:1. Bebida directa y preparación de alimentos para consumo inmediato.2. Satisfacción de necesidades domésticas, individuales o colectivas, tales como higiene personal y limpieza de elementos, materiales o utensilios.3. Preparación de alimentos en general y en especial los destinados a su comercialización o distribución, que no requieran elaboración.Preservación de flora y fauna..Se entiende por uso del agua para preservación de flora y fauna, su utilización en actividades destinadas a mantener la vida natural de los ecosistemas acuáticos y terrestres y de sus ecosistemas asociados, sin causar alteraciones sensibles en ellos.Uso para pesca, maricultura y acuicultura e entiende por uso para pesca, maricultura y acuicultura su utilización en actividades de reproducción, supervivencia, crecimiento, extracción y aprovechamiento de especies hidrobiológicas en cualquiera de sus formas, sin causar alteraciones en los ecosistemas en los que se desarrollan estas actividades.
Agrícola.Se entiende por uso agrícola del agua, su utilización para irrigación de cultivos y otras actividades conexas o complementariasPecuario.Se entiende por uso pecuario del agua, su utilización para el consumo del ganado en sus diferentes especies y demás animales, así como para otras actividades conexas y complementarias.Recreativo•Se entiende por uso del agua para fines recreativos, su utilización, cuando se produce:•1. Contacto primario, como en la natación, buceo y baños medicinales.•2. Contacto secundario, como en los deportes náuticos y la pesca.INDUSTRIAL•Se entiende por uso industrial del agua, su utilización en actividades tales como:•1. Procesos manufactureros de transformación o explotación, así como aquellos conexos y complementarios.•2. Generación de energía.•3. Minería.•4. Hidrocarburos.•5. Fabricación o procesamiento de drogas, medicamentos, cosméticos, aditivos y productos similares.•6. Elaboración de alimentos en general y en especial los destinados a su comercialización o distribuciónUso estéticoSe entenderá por uso estético el uso del agua para la armonización y embellecimiento del paisajeNavegación y transporte acuáticoSe entiende por uso del agua para transporte su utilización para la navegación de cualquier tipo de embarcación o para la movilización de materiales por contacto directo.
RESUMEN DE AGUA Y TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS .
QUÉ ES EL AGUA QUÍMICAMENTE
Es una sustancia cuya molécula está formada por dos átomos de hidrógeno y uno de oxígeno unidas por medio de dos enlaces covalentes, formando una estructura en forma de triángulo.
La molécula del agua es bipolar, Negativo en el lado del oxígeno y positivo en el lado de los átomos de hidrógeno.
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El término agua, generalmente, se refiere a la sustancia en su estado líquido,
p ero la misma puede hallarse en su forma sólida llamada hielo, y en forma
gaseosa denominada vapor
p ero la misma puede hallarse en su forma sólida llamada hielo, y en forma
gaseosa denominada vapor
Color: incolora
Sabor: insípida
Olor: inodoro
Densidad: 1 g./c.c. a 4°C
Punto de congelación: 0°C
Punto de ebullición: 100°C
PROPIEDADES DEL AGUA
El
agua presenta cuatro propiedades específicas:
•Tensión
Superficial: Hace referencia a la cantidad
de energía necesaria para aumentar la superficie de el agua por unidad de área.
Esta definición implica que el líquido tiene una resistencia para aumentar su
superficie.
•Capilaridad:
Es la propiedad que tiene un
líquido para adherirse a una superficie, desafiando la fuerza de la gravedad.
•Densidad:
Cuando la temperatura baja, las
moléculas de agua pierden movilidad y tienden a unirse más fuertemente, pero
separándose unas moléculas de otras, disminuyendo así su densidad y aumentando
su volumen.
•Solubilidad: La solubilidad del agua se debe
a que es una molécula bipolar, con dos polos (positivo y negativo) y esto hace
que se comporte como un imán atrayendo y repeliendo los distintos átomos de
otras sustancias.
CALIDAD
DE AGUA
El
concepto de calidad del agua es usado para describir las características
químicas, físicas y biológicas del agua. La determinación de la calidad del
agua depende del uso que se le va a dar.
Varios problemas de calidad del agua,
incluidas la sedimentación, la eutrofización y la contaminación por bacterias y
sustancias tóxicas, han persistido durante décadas.
•
QUÉ
ES UNA CONCESIÓN
Es el permiso que otorga la autoridad
ambiental competente, para obtener el derecho al aprovechamiento de aguas de
uso Público.
Para otorgar concesión de aguas, prima el
uso colectivo sobre el uso individual y los habitantes de una región y los de
fuera de ella.
El suministro de agua para
obtener concesiones está sujeto a la disponibilidad del recurso
CAPÍTULO III -Concesiones
Sección 1
Sección 1
concesión para obtener el derecho al
aprovechamiento de las aguas para los siguientes fines:
1. Abastecimiento en los casos que requiera
derivación;
2.Riego y silvicultura;
3.Abastecimiento de abrevaderos cuando se requiera
de derivación;
4.uso industrial;
5.Generación térmica o nuclear de
electricidad;
6.Explotación minera y tratamiento de
minerales;
7.Explotación petrolera;
8.Inyección para generación geotérmica;
9.Generación hidroeléctrica;
10.Generación cinética directa;
11.Flotación de madera;
12.Transporte de minerales y sustancias
tóxicas;
13.Agricultura y pesca;
14.Recreación y deportes;
15.Usos medicinales, y
16.Otros usos similare
DECRETO 1541 DE 1978
(julio
28)
Orden
de prioridades:
Utilización para el consumo
humano, colectivo o comunitario, sea urbano o rural;
Utilización para necesidades
domésticas individuales;
Usos agropecuarios comunitarios,
comprendidas la acuicultura y la pesca;
Usos agropecuarios individuales,
comprendidas la acuicultura y la pesca;
Generación de energía
hidroeléctrica;
Usos industriales o
manufactureros;
Usos mineros;
Usos recreativos comunitarios, e
Usos recreativos individuales.
CAPÍTULO III -Concesiones
Sección 2
Sección 2
üEl
derecho de aprovechamiento de las aguas de uso público no confiere a su titular
sino la facultad de usarlas.
ü
üLas
concesiones otorgadas no serán obstáculo para que el Instituto Nacional de los
Recursos Naturales Renovables y del Ambiente, MAVDT (Inderena), con
posterioridad a ellas, reglamente de manera general la distribución de una
corriente o derivación.
ü
üPuede
estimar conveniente
negar una concesión.
ü
üLa
prorroga es durante
el último año del período para el cual se hayan otorgado, salvo razones de
conveniencia pública.
ü
üEl
concesionario esta facultado para traspaso de concesión, con la adecuada
autorización previa..
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manufactureros;
Usos mineros;
Usos recreativos comunitarios, e
Usos recreativos individuales.
CAPÍTULO III -Concesiones
Secció
Secció
PROCEDIMIENTOS PARA OTORGAR CONCESIONES
Artículo 54°.- Las PN o PJ y las entidades gubernamentales que deseen aprovechar aguas para usos diferentes de aquellos que se ejercen por ministerio de la ley requieren concesión, para lo cual deberán dirigir una solicitud…
Artículo 59- 61-63. En las solicitudes para usar aguas para prestar servicios públicos deberán indicarse todos los detalles de las obras, en 15 días se dará respuesta y publicación en el Diario Oficial o en la "Gaceta Departamental“.
VERTIMIENTOS
Definicion de vertimiento
Cualquier descarga liquida hecha a un cuerpo de agua o a un alcantarillado.
Tipo de Vertimientos Vertimientos puntuales
Vertimiento no puntual
PERMISO DE VERTIMIENTO
Requerimientos persona natural o jurídica cuyas actividad o servicio genere vertimiento a las aguas superficiales marinas o al suelo art (41)
no requiere suscriptores / usuarios del sistema alcantarillado publico.
procedimiento para otorgamiento permiso de vertimiento art 45
_publicidad, cobro servicio evaluación y audiencias publicas, procedimientos modificación renovación.
contenido del permiso de vertimiento(art 48)
Requerimiento: usuarios desarrollen actividades comerciales industriales y de servicios; conjuntos residenciales según AAC
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Artículo 56°y 57°- Presentada personalmente la solicitud, se ordenará la práctica de una visita ocular a costa del interesado, con
Artículo 58°.se verificará:
üSi existen poblaciones que se sirven de las mismas aguas;
üSi existen derivaciones para riego, plantas eléctricas empresas industriales u otros usos que igualmente puedan resultar afectados; ………… ………………………….entre otras
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ALGUNAS CONCESIONES ESPECIALES
ACUEDUCTO PARA USO DOMÈSTICO
USO AGRICOLA, RIEGO Y DRENAJE
USO INDUSTRIAL
USO ENERGÉTICO
USO MINEROS Y PETROLEROS
FLOTACIÒN DE MADERAS la utilización de las aguas para el trasporte de maderas.
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aguas residuales municipales
aguas residuales agrícolas
alcantarillado escorrentía superficial escorrentía superficial cuerpos escorrentía subterránea de agua norma de vertimientos Permiso de vertimiento plan de cumplimento. reglamentación de vertimientos. Requisitos solicitud de permiso de vertimientos art 42 plan de gestión del riego para el manejo de vertimientos art 44 tasa retributiva
es aquella que cobrara la autoridad ambiental competente a las personas naturales o jurídicas de derecho publico o privado por la utilización directa del recurso como receptor de vertimientos puntuales y sus consecuencias nocivas originados en actividades antro picas o propicias por el hombre.
generalidades de la tasa retributiva
El articulo 42 de la ley 99 de 1993 establece las tasas tributarias y compensatorias.
3100 de 2003 solo tiene encenta para el cobro la tasa retributiva a los vertimientos directos .
El decreto 3100 establece un mecanismo gradual objetivo y sencillo.
FASES DEL TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES
DEPURACIÓN:
Procesos:
La depuración consiste en la eliminación
de los contaminantes e impurezas que se encuentran en las aguas a tratar
(nuestro caso aguas servidas o industriales). Los procesos de depuración van a
depender del tipo de afluente a tratar y se pueden clasificar:
•Procesos físicos
•Procesos químicos
•Procesos biológicos
Procesos Físicos
Desbaste: rejillas, tamices o filtración mecánica
•Desengrasado: remover grasas, aceites y material
flotante del agua.
Sedimentación: remover sólidos sedimentables que se
encuentren en suspensión (ρs > ρw).
•Flotación: remover materia en suspensión de menor
densidad que el agua (ρs < ρw).
•Evaporación: concentrar material
•Absorción: remover micro-contaminantes, como color,
fenoles, etc.
Procesos
Químicos
Floculación
y coagulación: remover partículas en suspensión no sedimentables.
Neutralización:
ajuste de pH.
Oxidación
Reducción:
(ejemplo utilización de hierro para eliminar cromo)
Intercambio
iónico: eliminación de cobre, zinc, plomo, etc.
Procesos
Primario
Procesos
Secundarios
Procesos
Terciarios
Tratamiento
de Lodos
PLANES
DEPARTAMENTALES DE AGUA
DEFINICIÓN
DE PDA
Los Planes Departamentales para el Manejo Empresarial de los Servicios
de Agua y Saneamiento - PDA, son un conjunto de estrategias de planeación y
coordinación interinstitucional, formuladas y ejecutadas con el objetivo de
lograr la armonización integral de los recursos y la implementación de esquemas
eficientes y sostenibles en la prestación de los servicios públicos
domiciliarios de agua potable y saneamiento básico.
OBJETIVOS DEL PDA
Contribuir al cumplimiento de las metas sectoriales contempladas en los Objetivos de Desarrollo del Milenio, definidos en el Documento CONPES - SOCIAL 091 de 2005, y los que lo modifiquen o adicionen; así como en los Planes de Desarrollo Territoriales 2. Promover y consolidar la efectiva coordinación interinstitucional entre los diferentes participantes del PDA. 3. Promover estructuras operativas que generen economías de escala en la formulación e implementación de los PDA. 4. Promover y consolidar procesos de transformación empresarial y fortalecimiento institucional. 5. Fomentar y consolidar esquemas regionales buscando economías de escala en la prestación de los servicios. 6. Contribuir con el saneamiento ambiental. 7. Articular y focalizar las diferentes fuentes de financiamiento para la implementación del PDA. 8. Facilitar el acceso a esquemas eficientes de financiación para el sector. 9. Optimizar el control sobre la asignación y ejecución de recursos y proyectos. 10. Fomentar una adecuada planeación de inversiones y la formulación de proyectos integrales. ETAPAS DE PDA
•Iniciativa Departamental: La
Gobernación manifiesta interés en formular e implementar un Plan Departamental
de Agua y Saneamiento Básico.
•Lanzamiento y Socialización del
Plan Departamental de Agua: Por
iniciativa de la Gobernación se hace la presentación y socialización de la
estrategia del Plan Departamental de Agua y Saneamiento Básico a las fuerzas
vivas del Departamento (Senadores y Representantes de la región, Diputados,
Alcaldes, Concejales, Director de la Corporación Autónoma y representantes de
Organismos de Cooperación Internacional con trabajo en el sector y de la
sociedad civil, entre otros).
•Subscripción del Acta de
Compromiso: El
Ministerio (Viceministerio de Agua y Saneamiento), la Gobernación y los
Alcaldes, se comprometen a adelantar las acciones necesarias para la
estructuración e implementación del Plan Departamental de Agua 2007 – 2010 y
vincularse de manera activa al mismo.
•Suscripción Convenio de
Asistencia Técnica: Entre
el Ministerio (Viceministerio de Agua y Saneamiento) y la Gobernación con el
propósito de aunar esfuerzos para la estructuración y consolidación del Plan
Departamental de Agua.
Actualización
Diagnóstico Sectorial por Municipio: El Ministerio contratará
una Consultoría especializada para realizar, con el apoyo del Departamento y
los Municipios, un diagnóstico integral de la prestación de los servicios de
acueducto, alcantarillado y aseo, en sus aspectos legales, técnicos, comerciales,
financieros, organizacionales y ambientales; identificar y jerarquizar las
inversiones por municipio de manera concertada con las autoridades locales; y,
entregar los instrumentos y la información necesaria y suficiente para
estructurar e implementar el Plan Departamental del Agua, incluyendo propuestas
para adopción de esquemas regionales sostenibles de prestación.
Trámite
de Ordenanzas y Acuerdos municipales: Ante las instancias
respectivas para obtener facultades y autorización que permitan, entre otros
aspectos: la transformación empresarial y la vinculación de operadores
especializados, incluyendo la participación en esquemas regionales, la
pignoración de recursos y/o aprobación de vigencias futuras y endeudamiento.
Plan
de Obras e Inversiones - POI: Estimación
del POI por Municipio y/o Regional, priorización de inversiones y fuentes de
financiación disponible o potenciales.
Audiencias
Públicas Consultivas: Distribución
de recursos asignados al Departamento entre los proyectos priorizados, de
acuerdo con los criterios establecidos para tal fin por el Departamento
Nacional de Planeación y el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo
Territorial.
•Suscripción Convenio de Apoyo
Financiero: Con
el objeto de aunar esfuerzos entre el Ministerio y la Gobernación para apoyar
la ejecución de las obras e inversiones identificadas y priorizadas en el Plan
Departamental de Agua.
•Estructuración del Plan
Departamental de Agua: Con
base en los resultados del diagnóstico, la Gobernación adoptará el esquema
operativo definitivo para la consolidación e implementación del Plan
Departamental de Agua 2007-2010 y contratará la Fiducia.
•Implementación y Ejecución del
Plan Departamental de Agua: Se
realizará a través de la “Gerencia Integral” contratada por el Departamento,
ésta actuará como coordinadora general del Plan y deberá responder a los
objetivos definidos en el proceso de estructuración.
ALCANCE
DE LOS PDA
Mejorar
las condiciones de cobertura, calidad y eficiencia de la prestación de los
servicios de acueducto, alcantarillado y aseo en los departamentos
Trabajar
en conjunto involucrando a las diferentes partes implicadas en el sector, tanto
a nivel nacional, como departamental y municipal./ Articular las diferentes
fuentes de recursos
Alcanzar
una transformación y modernización empresarial e institucional del sector de
agua potable que beneficia a los usuarios de los servicios públicos.
Analizar
y proponer alternativas de regionalización para la gestión y control de los
servicios buscando eficiencia y economía de escala para los municipios y
usuarios.
Impulsar
la creación de entidades de asistencia técnica sostenible a nivel
departamental.
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